El 23 de diciembre de 2009 se presentó informe en Consejo de Ministros sobre un paquete de medidas normativas relativas a la renovación de las autorizaciones de explotación de las centrales nucleares, a la titularidad de las autorizaciones nucleares y a la responsabilidad civil nuclear.

Con la finalidad de establecer un marco de funcionamiento del parque nuclear español transparente, estable y predeterminado, se ha presentado informe sobre el Anteproyecto que reforma la Ley sobre Energía Nuclear de 1964 y sobre una modificación normativa que implica una profunda revisión de algunos de los elementos básicos del actual régimen jurídico en relación con la responsabilidad civil nuclear.

  • Se fija en cuarenta años el período de funcionamiento ordinario de las centrales nucleares y se contempla la posibilidad de renovaciones que excedan ese plazo, previo acuerdo del Consejo de Ministros, atendiendo a consideraciones de interés general y a las directrices y objetivos de la política energética.
  • Se establece la titularidad única de las autorizaciones de explotación de una instalación nuclear, por lo que se exige que el titular de las mismas sea una persona jurídica que tenga por objeto exclusivo la gestión de las centrales nucleares.
  • Se incrementa sustancialmente la cobertura de responsabilidad civil por daños nucleares que debe ser asumida por los titulares de las instalaciones nucleares y se incluye la cobertura por daños medioambientales.
  • Se da luz verde a la publicación por parte del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio de la convocatoria para la selección de los municipios candidatos a albergar el Almacén Temporal Centralizado y su Centro Tecnológico Asociado. La duración del calendario de adjudicación se estima en unos cuatro meses y la previsión de inversión total es de unos setecientos millones de euros.

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